Servicio especializado para empresas que buscan implementar una transformación digital personalizada, detallando la inversión necesaria y las estrategias clave para evolucionar digitalmente en todas las áreas de la organización. Este servicio se apoya en tecnologías avanzadas como la inteligencia artificial para detectar oportunidades de mejora y optimización durante el proceso de transformación. Además, incluye la creación de un caso de uso específico para el negocio, que evalúa el nivel de digitalización de la empresa y ofrece propuestas de mejora general utilizando técnicas de inteligencia artificial y herramientas digitales.
Sí, se trata de un Bono de Asesoramiento 360 en Transformación Digital dotado de una cuantía que deberás emplear en la contratación de los servicios de asesoramiento. La cuantía en este caso no varía en función del tamaño que tenga tu empresa:
Entre 10 y menos de 50 empleados
Entre 50 y menos de 100 empleados
Entre 50 y menos de 100 empleados
Este servicio, incluido dentro de las ayudas de la Unión Europea para la digitalización de las PYMES, tiene como alcance:
– Examinar los procesos comerciales actuales para detectar áreas de la empresa que podrían beneficiarse de la digitalización.
– Crear e implementar programas de sensibilización para educar a los empleados sobre la importancia estratégica de la transformación digital.
– Revisar las herramientas y tecnologías actualmente en uso, proporcionando asesoramiento para optimizar su desempeño y alinearlas con los objetivos de transformación digital.
– Desarrollar una estrategia clara y personalizada que defina los objetivos, plazos y pasos específicos para la transformación digital.
– Establecer un marco para la innovación continua y la adaptabilidad a medida que las tecnologías digitales evolucionan.
– Diseñar y ejecutar un caso de uso específico para el negocio, utilizando técnicas adecuadas para demostrar las ventajas de las herramientas digitales.
– Identificar oportunidades y posibles aplicaciones de la inteligencia artificial en el contexto de la transformación digital.
Tener domicilio fiscal en territorio español.
Tener la consideración de pequeña o mediana empresa.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
No tener la consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas de minimis conforme a la normativa de aplicación dispuesta en el artículo 2, apartado 4, de la presente Orden.